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Misión
Investigar y perseguir los delitos del orden común,
y representar a la sociedad en procedimientos que la ley le faculta,
regido bajo los principios de justicia, legalidad, independencia, objetividad,
unidad y buena fe.
Visión
Se busca cumplir con la legalidad, eficacia, profesionalismo
y honradez que den confianza y tranquilidad a la población, respetando
la integridad y derechos humanos fundamentales para que se alcance la
paz sopcial de la comunidad.
Objetivo
Garantizar la procuración e impartición pronta y expedita
de la justicia en el estado con estricto apego a las normas legales
enmarcadas en las constituciones federal y local, así como las leyes
y reglamentos que de ellas emanen.
Funciones
Vigilar que se cumpla lo establecido en la constitución federal y local,
aplicando las leyes en el ámbito de su competencia, sin menoscabo de
las atribuciones que legalmente le correspondan a otras autoridades.
Supervisar la pronta y expedita procuración e impartición de justicia
en el estado.
Coordinar acciones para investigar y perseguir los delitos en el orden
estatal, vigilando el respeto a los derechos humanos.
Acordar, coordinar, ejecutar y supervisar, las acciones que lleven o
deban llevar a cabo las áreas operativas de la procuraduría, para cumplir
con sus funciones tendientes a alcanzar la eficiencia necesaria.
Proponer al ejecutivo, las medidas que considere convenientes para el
mejoramiento de la procuración e impartición de justicia en el estado.
Establecer procedimientos eficaces que permitan la simplificación de
las averiguaciones previas, así como impulsar la especialización y profesionalización
en la persecución de los delitos, a fin de eficientar la labor del ministerio
público y de la policía ministerial.
Fomentar entre los servidores públicos de la procuraduría, una cultura
de respeto a los derechos humanos.
Cumplir y hacer cumplir las atribuciones, facultades o funciones que
tiene expresamente asignadas el ministerio público en las leyes, reglamentos
y otros ordenamientos jurídicos.
Verificar que el ministerio público ponga a disposición del órgano jurisdiccional
correspondiente y en los términos establecidos en la ley, a las personas
que presuntamente están involucradas en la comisión de delitos.
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Cumplir y hacer cumplir las observaciones y recomendaciones de las comisiones
nacional y estatal de derechos humanos, cuando sean procedentes.
Intervenir y representar al gobierno del estado en los juicios o casos
que determine el titular del ejecutivo y actual como su consejero jurídico.
Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de coordinación en materia de procuración
de justicia y seguridad pública, celebrados con otras autoridades.
Coordinar el desarrollo del sistema estatal de información, que sirva
de apoyo en la procuración de justicia e intercambio de información
con otras procuradurías.
Propiciar la oportuna participación y concertación de la ciudadanía
en torno a las tareas de procuración de justicia, cuando se requiera.
Coordinar el desarrollo y ejecución de acciones, consideradas en el
programa estatal de seguridad pública que correspondan a la procuraduría.
Analizar, revocar o modificar las conclusiones de los ministerios públicos,
cuando de ellas sé de vista por la autoridad ministerial.
Expedir credenciales de identificación de los servidores públicos que
integran la procuraduría.
Verificar que los candidatos a ocupar puestos de ministerio público,
peritos y policía ministerial realicen y aprueben el proceso de selección,
para su contratación.
Establecer la práctica periódica de exámenes toxicológicos a todos los
servidores públicos que integran la procuraduría.
Resolver en lo relativo a las situaciones laborales de los servidores
públicos de la procuraduría.
Tener comunicación con otras autoridades respecto del servicio de procuración
de justicia.
Elaborar y proponer al titular del ejecutivo proyectos de creación,
modificación y actualización de leyes y reglamentos en materia de procuración
de justicia.
Distribuir en la diversas áreas operativas de la procuraduría, la correspondencia
que reciba para la atención y tratamiento respectivo.
Llevar y controlar el archivo del despacho.
Atender personalmente mediante audiencia a quien lo solicite, relativo
a la prestación del servicio de procuración de justicia.
Informar periódicamente al titular del ejecutivo estatal sobre el desarrollo
de sus funciones.
Las demás que le asigne el ejecutivo estatal y las que expresamente
le señalen las leyes y reglamentos.
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