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Objetivo
Contribuir a que el desarrollo de los programas institucionales
se apeguen a los dispositivos legales y administrativos aplicables e
intervenir en los asuntos de carácter legal en los que la institución
sea parte, asesorando en el ámbito de su competencia a las diferentes
áreas que integran la dependencia.
Funciones
Recopilar las leyes, decretos, reglamentos y acuerdos de interés para
la institución, proporcionando al titular en forma oportuna, información
sobre reformas a la legislación estatal y federal para el óptimo desarrollo
de sus funciones.
Elaborar, analizar, formular o revisar los proyectos de ordenamientos
jurídicos, así como los convenios y contratos en los que la procuraduría
participe.
Intervenir en los conflictos de carácter laboral en los que la procuraduría
sea parte.
Elaborar informes previos y justificados, en los juicios de amparo,
en los que el procurador sea señalado como autoridad responsable y dar
seguimiento a los mismos.
Elaborar informes que el procurador rinde a las comisiones nacional
y estatal de derechos humanos, previa solicitud relacionadas sobre las
actividades del personal de la dependencia y dar seguimiento al trámite
correspondiente.
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Elaborar y revisar los proyectos de reglamentos, acuerdos y disposiciones
administrativas que le indique el procurador.
Efectuar la recepción, revisión y registro de órdenes de aprehensión,
reaprehensión y cancelaciones y turnándolas para su cumplimiento.
Revisar de manera periódica, la legislación estatal en materia de procuración
de justicia, elaborar y presentar a consideración del procurador proyectos
de modificación según proceda.
Elaborar proyectos de resolución para autorizar el ejercicio o no de
la acción penal, solicitadas por los agentes del ministerio público.
Emitir opiniones respecto a las consultas que en materia jurídica le
formulen las diversas áreas de la procuraduría.
Analizar y revisar las conclusiones que el procurador formula en los
diferentes procesos en los que se le da visra y entregarlos al juez
penal, para su atención.
Informar periódicamente al procurador sobre el desarrollo de los asuntos
encargados a la unidad.
Y las demás que señale el procurador general de justicia del estado. |