Como
parte de las acciones tendientes a promover la equidad de
género, el Gobierno del Estado facultado por la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
(Art. 3º), es quien debe garantizar la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres, no sólo en
el trabajo y la retribución económica que
deberán recibir –como lo señala la fracción
XI del artículo en referencia- sino también
evitar la discriminación en razón de la edad,
sexo, raza o cualquier otra razón (fracción
IV). Por otro lado, el mismo ordenamiento jurídico,
en su artículo 3º fracción II, considera
que “Las leyes tendrán carácter proteccionista
a favor de las personas cultural, social o económicamente
débiles. Asimismo y con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 7, de la misma Ley, Fracción
II, 69 y 70 Fracciones XXVI, XIX y XXIII; 7, 15, 21, 28
Fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado, a través de los cuales
se faculta al gobierno del estado para la creación
de instituciones que brinden un servicio en beneficio de
la sociedad.
Es en este marco que se
explica la creación del Instituto Estatal de la Mujer
en el estado de Tlaxcala, por acuerdo publicado en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de fecha 17 de junio de
1999, bajo la facultad de “...actuar en nombre y representación
del Gobierno del Estado, para formular, coordinar y dar
seguimiento a los programas y acciones encaminadas a ampliar
y profundizar el mejoramiento de las condiciones de vida
y la igualdad de oportunidades de las mujeres en el estado,
diseñando para ello políticas públicas”
(artículo primero).
El Instituto Estatal de
la mujer de Tlaxcala, tiene como antecedente el Subcomité
de Integración de la Mujer al Desarrollo, creado
en 1990 a través del Comité de Planeación
para el Desarrollo del Estado de Tlaxcala, con la finalidad
de brindar atención a las inquietudes de la población
femenina principalmente en el ámbito de proyectos
productivos. |
De igual modo,
no podemos dejar de lado las distintas reformas legislativas
en pro de la igualdad jurídica que se han venido
implementando en los últimos treinta años,
en el que se destaca la labor conjunta y de consenso de
los distintos partidos políticos, quienes más
allá de sus posiciones ideológicas han unido
esfuerzos por alcanzar un objetivo común vertido
en la equidad de género.
En 1980 se crea el Programa
Nacional de Integración de la Mujer al Desarrollo,
que propuso un conjunto de iniciativas específicas
orientadas a promover el mejoramiento de la condición
social de las mujeres. Posteriormente en 1985, se instaló
una comisión para coordinar los las actividades y
los proyectos sectoriales en la materia, y preparar la participación
de México en la Tercera Conferencia mundial sobre
la Mujer (Nairobi, 1985).
Como parte de los trabajos
de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer se instaló
en 1993, un Comité Nacional Coordinador que elaboró
un informe detallado sobre la situación de las mujeres
en México, así como un conjunto de diagnósticos
temáticos. Posteriormente en respuesta a los compromisos
asumidos, en dicha conferencia el gobierno de México
se abocó a la tarea de formular el Programa Nacional
de la Mujer 1995-2000. Alianza para la Igualdad (Pronam),
cuyo objetivo principal fue impulsar la formulación,
el ordenamiento, la coordinación y el cumplimiento
de las acciones encaminadas a ampliar y profundizar la participación
de la mujer en el proceso de desarrollo, en igualdad de
oportunidades con el hombre.
Durante dos años
la Coordinación General del Pronam asumió
la instrumentación y el seguimiento de las acciones
realizadas por las dependencias del Gobierno Federal con
el fin de garantizar el ejercicio íntegro de los
derechos de las mujeres mexicanas, En 1998, el reglamento
interior de la Secretaría de Gobernación estableció
la creación de la Coordinación General de
la Comisión Nacional de la Mujer (Conmujer), como
órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría
y responsable de la instrumentación del Programa.
Finalmente el 12 de enero
del 2001 se publicó en el Diario Oficial la Ley del
Instituto Nacional de las Mujeres, mediante la cual se crea
esta nueva instancia, como un organismo público descentralizado
de la Administración Pública Federal, con
personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía
técnica y de gestión para el cumplimiento
de sus atribuciones, objetivos y fines. |