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Como parte de las acciones tendientes a promover la equidad de género, el Gobierno del Estado facultado por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala (Art. 3º), es quien debe garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, no sólo en el trabajo y la retribución económica que deberán recibir –como lo señala la fracción XI del artículo en referencia- sino también evitar la discriminación en razón de la edad, sexo, raza o cualquier otra razón (fracción IV). Por otro lado, el mismo ordenamiento jurídico, en su artículo 3º fracción II, considera que “Las leyes tendrán carácter proteccionista a favor de las personas cultural, social o económicamente débiles. Asimismo y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, de la misma Ley, Fracción II, 69 y 70 Fracciones XXVI, XIX y XXIII; 7, 15, 21, 28 Fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, a través de los cuales se faculta al gobierno del estado para la creación de instituciones que brinden un servicio en beneficio de la sociedad.

Es en este marco que se explica la creación del Instituto Estatal de la Mujer en el estado de Tlaxcala, por acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 17 de junio de 1999, bajo la facultad de “...actuar en nombre y representación del Gobierno del Estado, para formular, coordinar y dar seguimiento a los programas y acciones encaminadas a ampliar y profundizar el mejoramiento de las condiciones de vida y la igualdad de oportunidades de las mujeres en el estado, diseñando para ello políticas públicas” (artículo primero).

El Instituto Estatal de la mujer de Tlaxcala, tiene como antecedente el Subcomité de Integración de la Mujer al Desarrollo, creado en 1990 a través del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Tlaxcala, con la finalidad de brindar atención a las inquietudes de la población femenina principalmente en el ámbito de proyectos productivos.

De igual modo, no podemos dejar de lado las distintas reformas legislativas en pro de la igualdad jurídica que se han venido implementando en los últimos treinta años, en el que se destaca la labor conjunta y de consenso de los distintos partidos políticos, quienes más allá de sus posiciones ideológicas han unido esfuerzos por alcanzar un objetivo común vertido en la equidad de género.

En 1980 se crea el Programa Nacional de Integración de la Mujer al Desarrollo, que propuso un conjunto de iniciativas específicas orientadas a promover el mejoramiento de la condición social de las mujeres. Posteriormente en 1985, se instaló una comisión para coordinar los las actividades y los proyectos sectoriales en la materia, y preparar la participación de México en la Tercera Conferencia mundial sobre la Mujer (Nairobi, 1985).

Como parte de los trabajos de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer se instaló en 1993, un Comité Nacional Coordinador que elaboró un informe detallado sobre la situación de las mujeres en México, así como un conjunto de diagnósticos temáticos. Posteriormente en respuesta a los compromisos asumidos, en dicha conferencia el gobierno de México se abocó a la tarea de formular el Programa Nacional de la Mujer 1995-2000. Alianza para la Igualdad (Pronam), cuyo objetivo principal fue impulsar la formulación, el ordenamiento, la coordinación y el cumplimiento de las acciones encaminadas a ampliar y profundizar la participación de la mujer en el proceso de desarrollo, en igualdad de oportunidades con el hombre.

Durante dos años la Coordinación General del Pronam asumió la instrumentación y el seguimiento de las acciones realizadas por las dependencias del Gobierno Federal con el fin de garantizar el ejercicio íntegro de los derechos de las mujeres mexicanas, En 1998, el reglamento interior de la Secretaría de Gobernación estableció la creación de la Coordinación General de la Comisión Nacional de la Mujer (Conmujer), como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y responsable de la instrumentación del Programa.

Finalmente el 12 de enero del 2001 se publicó en el Diario Oficial la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, mediante la cual se crea esta nueva instancia, como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.